P1. Si mi casa está en ejecución hipotecaria, ¿se me permitirá votar?
R1. Cada votante elegible tiene derecho a votar en Colorado. El hecho de que su casa esté en ejecución hipotecaria no afecta su derecho al voto. Sin embargo, puede afectar el lugar donde vota.
P2. Recibí un aviso de ejecución hipotecaria. ¿Está afectado mi registro de votante?
R2. Un aviso de ejecución hipotecaria no afecta la residencia para los fines del registro de votantes. Puede registrarse o permanecer registrado para votar en su dirección actual.
P3. ¿Qué sucede si ya no vivo en la casa por la que recibí un aviso de ejecución hipotecaria?
R3. Puede registrarse o permanecer registrado para votar en la dirección de la propiedad en ejecución hipotecaria a menos que estableces una nueva residencia permanente.
P4. Establecí una nueva residencia permanente debido a una ejecución hipotecaria. ¿Necesito actualizar mi registro de votante?
R4. Si ha establecido una nueva residencia permanente antes de las elecciones, deberá actualizar su información de registro de votante. Puede actualizar su información de registro de votantes visitando VayaVotarolorado.gov.
P5. ¿Cómo me registro para votar si no tengo una residencia permanente fija?
R5. Si no tiene hogar, vive permanentemente en un vehículo recreativo (RV, sigla en inglés ) o, por cualquier razón, no tiene una dirección fija permanente, puede usar cualquier dirección a la que regresa regularmente y tenga la intención de permanecer. Esta ubicación se conoce como una "base de hogar" (dirección residencial) y se puede utilizar para fines de registro de votantes.
P6. ¿Cuáles son las ubicaciones de residencia aceptables para las personas que no tienen un hogar fijo permanente?
R6. Si un votante no tiene una dirección permanente fija, NO es necesario que proporcione una dirección residencial al registrarse para votar. Por ejemplo, un votante que reside permanentemente en un vehículo recreativo (RV) puede utilizar un campamento como "base de hogar" para fines de registro de votantes.
Del mismo modo, las personas que no pueden pagar un refugio regular o adecuado pueden usar un parque, un lote vacío o un refugio para personas sin hogar como "base de hogar" para fines de registro de votantes. El votante puede proporcionar cualquier ubicación física como dirección si ellos desean que esa ubicación sea su "base de hogar".
P7. ¿Qué pasa si un votante proporciona una ubicación que no tiene una dirección postal?
R7. Mientras que un votante puede usar cualquier lugar físico como residencia, ellos no pueden registrarse para votar sin proporcionar una dirección postal válida. Esto significa que, aunque un votante puede proporcionar una ubicación física como su residencia, el votante también debe proporcionar una dirección postal válida donde ellos puedan recibir correspondencia, como una boleta electoral por correo o un aviso de TABOR. Sin una dirección postal válida, un votante no puede registrarse para votar.
P8. ¿Se puede utilizar una caja de apartado postal como "base de hogar" para fines de registro de votantes?
R8. No. Las cajas de apartados postales NUNCA se pueden utilizar como dirección de residencia. Los votantes deben proporcionar una ubicación física para que el funcionario electoral designado pueda determinar los candidatos y temas apropiados para colocar en la boleta electoral.
P9. ¿Se puede utilizar una caja de apartado postal como dirección postal para fines de registro de votantes?
R9. Sí. Las cajas de apartados postales SOLAMENTE son aceptables como dirección postal. Es decir, que si un votante sin hogar utiliza una ubicación física que no tiene una dirección postal (como un parque), ellos pueden proporcionar una oficina postal como dirección postal. Las cajas de apartados postales, sin embargo, NUNCA son aceptables para propósitos de residencia.