P1. ¿Cuáles son las reglas sobre las campañas en los lugares de votación o cerca de ellos?
R1. Bajo la ley de Colorado, se prohíbe el electoralismo (también conocidas como hacer campaña) adentro de un lugar de votación y dentro de un perímetro de 100 pies de cualquier edificio en el que se encuentre un lugar de votación. Además, el electoralismo está prohibido dentro de los 100 pies de un buzón. Cada lugar de votación debe colocar letreros que marquen el límite.
P2. ¿Qué actividades de campaña no están permitidas en un lugar de votación?
R2. Los votantes NO pueden abogar por la elección o derrota de un candidato o una medida de la boleta, adentro de un lugar de votación o entre 100 pies de la entrada a un lugar de votación o buzón. Mientras estén dentro de un lugar de votación, los votantes NO pueden usar prendedores, camisetas, sombreros u otra vestimenta que muestre el nombre o semejanza de cualquier candidato que esté en la boleta o que tenga el número, título, tema o logotipo de un tema de la boleta o pregunta que está en la boleta. Además, la solicitud de firmas para la petición de un candidato, una petición de revocación o una petición para colocar un tema de la boleta electoral o una pregunta de la boleta electoral en una boleta subsecuente NO puede ocurrir dentro de los 100 pies de un lugar de votación.
Los trabajadores de la campaña pueden salir de los lugares de votación para ofrecer agua, bocadillos y otros artículos a los votantes que están esperando para votar. Estos "equipos de confort", sin embargo, NO pueden hacer campaña ni usar ropa o accesorios que lleven el nombre o la imagen de un candidato, partido político o medida electoral si operan dentro de 100 pies del lugar de votación.
P3. ¿Cuáles son las sanciones por votar o registrarse para votar si no soy elegible?
R3. Es ilegal que cualquier persona obtenga un registro de votantes falso. Hacerlo se considera un delito menor de clase 2. Además, cualquier persona que vote en cualquier elección sabiendo que no tiene derecho a votar en dicha elección está cometiendo un delito grave de clase 5, castigado con una pena de prisión de hasta tres años.
Consulte las secciones 1-13-203, 1-13-111, 1-13-704.5 y 18-1.3-401 de los Estatutos Revisados de Colorado para ver la descripción completa de la ley y las sanciones correspondientes.
P4. ¿Es ilegal votar dos veces?
R4. Sí. la emisión de dos votos en una elección es un crimen. Al descubrir que un votante emitió dos votos, el secretario y registrador debe remitir el asunto a la oficina del Fiscal de Distrito correspondiente o al Fiscal General de Colorado para su investigación y enjuiciamiento.
P5. ¿Es ilegal que los votantes muestren sus boletas a otros para revelar cómo votaron?
R5. Votantes pueden mostrar su boleta a otros, si no se hace para promover una violación electoral, como la compra de votos. Sin embargo, el secretario de su condado puede imponer ciertas restricciones sobre dónde y cómo puede revelar cómo votó. Para asegurarse de que cumple plenamente con la ley, comuníquese con el secretario de su condado local (Pagina en Ingles) para obtener más detalles.
P6. ¿Existe alguna protección para los jueces o el personal electoral que son amenazados por individuos, verbal o físicamente, mientras trabajan durante las elecciones?
R6. Sí, es ilegal que cualquier persona, ya sea verbalmente, por escrito o en persona, amenace, coaccione o intimide a los funcionarios electorales o a los trabajadores electorales con la intención de impedir o interferir con los deberes del funcionario electoral o del trabajador electoral o para tomar represalias contra el funcionario electoral o el trabajador electoral a causa de su desempeño laboral.
Consulte las secciones 1-13-701 y 1-13-111 de los estatutos revisados de Colorado para ver la descripción completa de la ley y las sanciones correspondientes.